Todos en algún momento escuchamos o nos mencionaron sobre residuos sólidos. Sí, sobre todo como desecharlos y su manejo para un buen cuidado sobre el medio ambiente, pero realmente ¿sabemos qué son?. Te ayudamos un poco.
Específicamente, residuos sólidos (RS) son las sobras y desperdicios que se obtienen de los procesos industriales, comerciales o de las diferentes actividades humanas. Es decir, son considerados basura para luego ser clasificados y depositados en bolsas o depósitos específicos y puedan ser desechados. Por supuesto, debemos tener en cuenta que estos RS son considerados así porque cumplieron su ciclo, considerando que los más nocivos son los no biodegradables.
Ante ello, deben ceñirse a la normativa legal establecida en Perú, específicamente para gestión de residuos sólidos, la cual está compuesta por las siguientes normas:
Normas Residuos Sólidos
En primer lugar
El Decreto Legislativo N°1278, que aprueba la ley de gestión integral de residuos sólidos y Decreto Legislativo 1501 que lo modifica. Ante ello, esta ley tiene como primer fin la prevención y/o disminución de la generación de residuos en origen, frente a cualquier otra alternativa.
En segundo lugar
Respecto a los residuos sólidos generados, se elige la recuperación y la valorización material y energética de los residuos. Entre ello, se considera la reutilización, reciclaje, compostaje, coprocesamiento, entre otras alternativas siempre y cuando se garantice la protección de la salud y del ambiente.
Asimismo, el Decreto Supremo N°014-2017-MINAM, que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo N°1278, a fin de asegurar la maximización constante de la eficiencia en el uso de materiales. Asimismo, regula la gestión y manejo de residuos sólidos, que comprende la minimización de la generación de residuos en la fuente, así como, la valorización material y energética de los residuos, la adecuada disposición final de los mismos y por último, la sostenibilidad de los servicios de limpieza pública
Otro punto clave, es el considerado en el Decreto Supremo 001-2022-MINAM , el cual tiene por objeto modificar el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, ya que este Decreto Legislativo aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM.
Básicamente, la Norma Técnica Peruana de Colores NTP 900.058.2019, específica el almacenamiento de residuos sólidos. Asimismo, la 2ª Edición establece los códigos de colores para el almacenamiento adecuado de los residuos en ámbitos de la gestión municipal y no municipal. De la misma manera, la norma indica que los residuos peligrosos, deben almacenarse deiferenciada y específicamente a fin de reducir cualquier riesgo a la salud y al medio ambiente.
Además, existen algunas normativas adicionales que deberán cumplirse en función al tipo de residuo al que se haga referencia, por ejemplo:
Residuos sólidos municipales
Respecto a recolección selectiva, consiste en recoger los RS aprovechables y no aprovechables, de manera diferenciada, para transportarlos y continuar con su posterior manejo.
Indudablemente, la recolección selectiva de RS municipales puede realizarse por las municipalidades de forma directa o a través de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos. Estas empresas integran el sistema del servicio de limpieza pública de la jurisdicción. Ante ello la recolección selectiva de los RS aprovechables puede ejecutarse por las organizaciones de recicladores formalizados, en el marco de lo establecido en la Ley N° 29419. Esta ley regula las actividades de los recicladores y su reglamento.
Los aspectos relacionados con SST del personal que desarrolla operaciones para el manejo de los RS se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-2017-TR, Reglamento de SSTde los Obreros Municipales o norma que lo sustituya. Asimismo, como en la Resolución Ministerial N° 249-2017-TR, que establece disposiciones técnicas complementarias al Reglamento mencionado.
Residuos sólidos no municipales
En este caso, el generador de residuos sólidos no municipales tiene como obligación realizar la segregación de sus RS en la fuente de acuerdo con sus características físicas, químicas y biológicas, lo cual se considera en lo establecido en la NTP 900.058:2019. GESTIÓN DE RESIDUOS, el cual, especifica el código de colores para el almacenamiento de RS, o su versión actualizada. Todo esto, con el objetivo de facilitar su acondicionamiento, valorización y/o disposición final. Además dicha actividad solo está permitida en la fuente de generación no municipal.
Todos los RS no municipales aprovechables similares a los municipales, de acuerdo con lo señalado en el artículo 19 del Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29419, ley que regula la actividad de los recicladores, pueden ser entregados a las diversas organizaciones de recicladores formalizados, dentro del marco del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de los RS.
Adicionalmente, el Plan de Minimización y Manejo de RS No Municipales, conocido también como Plan de Manejo de RS, de los proyectos de inversión y actividades, forma parte de los instrumentos de gestión ambiental, sujetos al SEIA (Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental) y complementarios a este.
En particular, para el cumplimiento de las obligaciones señaladas en las normativas ambientales mencionadas deben ser incluidas en el Plan de Minimización y Manejo de RS.
Así también, los cambios a medidas contenidas en el citado plan, deben regirse por lo establecido en las normas del SEIA y en la normativa sectorial.
Residuos peligrosos
En los Residuos Peligrosos, la importación, la exportación y el tránsito de los RS peligrosos se regulan internacionalmente por el convenio de Basilea. Esta regulación se da sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación. Normativa aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 26234.
Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
Específicamente, en este caso el Decreto Supremo N°009-2019-MINAM, aprueba el régimen especial de gestión y manejo de residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos. Esta normativa se rige por lo dispuesto en el Reglamento Nacional de los residuos de aparatos Electrónicos y eléctricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2012-MINAM. De igual manera, indica que los residuos pueden contener o no, componentes peligrosos y dependerá del manejo idóneo para su reaprovechamiento o disposición final adecuada.
Residuos de construcción
En este item marcadamente, se rige por el Reglamento de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición. Esta norma aprobada por DS N° 002-2022-VIVIENDA 04.04.2022, tiene como fin regular la gestión y manejo de los residuos sólidos. Estos RS son generados en la construcción y demolición, considerando esto a través de la priorización de la minimización y valorización de los residuos sólidos. Para ello se debe asegurar la adecuada disposición de aquellos no aprovechables y contribuir a la calidad ambiental urbana y rural, aportando en la sostenibilidad y la transición hacia una economía circular del sector construcción.
Residuos hospitalarios
Para el manejo de estos residuos existe la Norma Técnica de Manejo de Residuos sólidos Hospitalarios NT-MINSA/DGSP V0.1. Esta normativa incluye algunas el ciclo de manejo de RS, tecnologías de tratamiento de RS hospitalarios. Asimismo, los procedimientos en servicios asistenciales, servicios de apoyo al diagnóstico y servicios generales y administrativos.
También considera la NTS 144-MINSA/2018/DIGESA ; Norma Técnica de Salud “Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo y Centros de Investigación”.
Finalmente, los RS con manejo adecuado, cumpliendo la normativa, y la voluntad de las organizaciones, podrían contribuir en el cuidado y protección del medio ambiente.
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